Modifican el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 050-2018-A/MM

Miraflores, 26 de enero de 2018

EL ALCALDE DE MIRAFLORES;

CONSIDERANDO:

Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, con Resolución de Alcaldía Nº 794-2011-A/MM, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 01 de diciembre de 2011, y sus modificatorias, se aprueba el nuevo Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de Miraflores (TUSNE);

Que, según el numeral 42.4 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecen los requisitos y costos correspondientes a ellos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento. De igual modo, en el numeral 46.1.8 del artículo 46 del citado texto, se ha indicado que para el inicio, prosecución o conclusión de todo procedimiento, común o especial, está prohibido solicitar a los administrados la constancia de pago realizado ante la propia entidad por algún trámite, en cuyo caso el administrado solo queda obligado a informar en su escrito el día de pago y el número de constancia del mismo;

Que, por otra parte, en mérito del Decreto Legislativo Nº 1246, se aprueban diversas medidas de simplificación administrativa, habiéndose precisado en el numeral 5.1 de dicho decreto, que las entidades de la Administración Pública están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios, en el marco de un procedimiento o trámite administrativo, copia del Documento Nacional de Identidad, entre otros documentos; asimismo, entre las demás precisiones que dicho dispositivo contiene cabe resaltar la interoperabilidad que este mismo regula, en aras a garantizar el uso eficiente de los recursos con los que cuenta la Administración Pública y de favorecer al administrado, liberándolo de la obligación de apersonarse en los procedimientos o trámites administrativos y de asumir costos innecesarios;

Que, al respecto, con Memorándum Nº 1030-2016-GSC/MM la Gerencia de Seguridad Ciudadana requiere tener en consideración las precisiones necesarias con relación al procedimiento de “constataciones domiciliarias”, en atención al marco legal vigente y aplicable. En este sentido, a través del Informe Nº 07-2018-SGRE-GPP/MM, la Subgerencia de Racionalización y Estadística presenta las modificaciones al TUSNE (en lo concerniente a procedimientos de la Gerencia de Seguridad Ciudadana), para lo cual acompaña el Informe Técnico Nº 04-2018-SGRE-GPP/MM, en el cual se sustenta la necesidad de modificar, así como eliminar, procedimientos a cargo de dicha unidad orgánica de conformidad con el marco normativo sobre simplificación administrativa vigente. Por lo que, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, según Memorándum Nº 12-2018-GPP/MM, expresa su conformidad con relación a la propuesta modificatoria y solicita continuar con el trámite correspondiente;

Que, a mayor sustento la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye, en el Informe Legal Nº014-2018-GAJ/MM del 24 de enero de 2018, que es factible aprobar la modificación del TUSNE de la entidad, de acuerdo con la propuesta formulada por la Gerencia de Planificación y Presupuesto;

Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 20, numeral 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Modificar el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de Miraflores, a efectos de modificar los servicios no exclusivos a cargo de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, de acuerdo con el contenido del anexo adjunto y demás documentación que forma parte integrante de la presente resolución, conforme con las consideraciones expuestas en el presente dispositivo.

Artículo Segundo.- Encargar, a la Gerencia de Planificación y Presupuesto, disponer las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Asimismo, encargar a la Subgerencia de Racionalización y Estadística la integración del TUSNE de la Municipalidad de Miraflores, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 794-2011-A/MM y sus modificatorias, de acuerdo con las modificaciones efectuadas en el mismo.

Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como del anexo que contiene; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el Portal Institucional (www.miraflores.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JORGE MUÑOZ WELLS

Alcalde

TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS (TUSNE) DE LA GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA

DENOMINACIÓN DEL SERVICIO

REQUISITOS

PRECIO

03

GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA

Av. Arequipa Nº 5225 - Miraflores

1

Certificado de constatación domiciliaria

1. Ser residente en el distrito de Miraflores

2. Presencia física del recurrente durante la constatación

3. Presentar la “Declaración Jurada de Domicilio” debidamente registrada y firmada

a) Exhibir el Documento Nacional de Identidad (DNI) y/o Carné de Extranjería (CE) del solicitante, según corresponda.

b) Adjuntar copia fotostática y presentación original de un recibo de energía eléctrica, agua potable o de telefonía fija del solicitante.

c) Indicar número y fecha del comprobante de pago por derecho de trámite.

S/. 10.00

d) Adjuntar copia simple de documento que acredite la propiedad, posesión u otro acto relacionado a la libre disponibilidad como propietario, contrato de arrendamiento de vivienda o habitación, si correspondiere (con una antigüedad no menor de 02 meses).

Consideraciones: La vivienda donde se realice la constatación domiciliaria no debe ser un predio de uso comercial.

Nota.- En caso el solicitante no cumpla con los requisitos, no procede la devolución del monto abonado.

2

Transcripción de parte de ocurrencia

1. Verificación de la existencia de la información solicitada en la Gerencia de Seguridad Ciudadana

2. Presentar solicitud escrita dirigida a la Municipalidad de Miraflores con atención a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, señalando lugar, día, hora, con una breve descripción de los acontecimientos.

S/. 12.00

a) Indicar número y fecha del comprobante de pago por derecho de trámite

Nota.- En caso el solicitante no cumpla con los requisitos, no procede la devolución del monto abonado.

1611391-1