Aprueban Reglamento para el uso temporal de retiro municipal

DECRETO DE ALCALDIA

Nº 01-2018-MDR

Rímac, 15 de enero de 2018

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DEL RIMAC

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Locales promueven el Desarrollo Económico Local y la prestación de los servicios públicos de su competencia, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, conforme lo establece el artículo 195º de la Constitución Política del Perú;

Que, mediante Ordenanza Nº 526-2017-MDR publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 13 de enero de 2018, se regula el uso temporal del retiro municipal con fines comerciales en el distrito;

Que, la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 526-2017-MDR, indica que el Reglamento para el uso temporal del retiro municipal será aprobado mediante Decreto de Alcaldía;

Que, mediante Informe Nº 340-2017-SGOPC-GDU-MDR de fecha 19 de diciembre de 2017 la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, señala que con el fin de mejorar el ornato del distrito, proponen que los retiros municipales pueden ser acondicionados para uso temporal; para ello adjuntan el Reglamento, la misma que contiene las disposiciones técnicas y mobiliario autorizado en el área de retiro aprobado;

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º inc. 6) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:

Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para el uso temporal de retiro municipal contenido en el Anexo 2, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto y cuyo texto íntegro será publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munirimac.gob.pe).

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Desarrollo Económico Local y a la Gerencia de Fiscalización Administrativa, el cumplimiento del presente Decreto en lo referente a su competencia.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ

Alcalde

1608782-1