Aprueban Reglamento para el uso temporal de retiro municipal
DECRETO DE ALCALDIA
Nº 01-2018-MDR
Rímac, 15 de enero de 2018
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RIMAC
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales promueven el Desarrollo Económico Local y la prestación de los servicios públicos de su competencia, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, conforme lo establece el artículo 195º de la Constitución Política del Perú;
Que, mediante Ordenanza Nº 526-2017-MDR publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 13 de enero de 2018, se regula el uso temporal del retiro municipal con fines comerciales en el distrito;
Que, la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 526-2017-MDR, indica que el Reglamento para el uso temporal del retiro municipal será aprobado mediante Decreto de Alcaldía;
Que, mediante Informe Nº 340-2017-SGOPC-GDU-MDR de fecha 19 de diciembre de 2017 la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, señala que con el fin de mejorar el ornato del distrito, proponen que los retiros municipales pueden ser acondicionados para uso temporal; para ello adjuntan el Reglamento, la misma que contiene las disposiciones técnicas y mobiliario autorizado en el área de retiro aprobado;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º inc. 6) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para el uso temporal de retiro municipal contenido en el Anexo 2, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto y cuyo texto íntegro será publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munirimac.gob.pe).
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Desarrollo Económico Local y a la Gerencia de Fiscalización Administrativa, el cumplimiento del presente Decreto en lo referente a su competencia.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ
Alcalde
1608782-1