Prorrogan plazo de vencimiento dispuesto en el artículo 4° de la Ordenanza N° 519-2017-MDR, que establece beneficios para el pago de deudas tributarias en el distrito

DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-MDR

Rímac, 17 de enero de 2018

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DEL RÍMAC

Visto, el Memorando Nº 010-2018-GR-MDR de la Gerencia de Rentas, mediante el cual solicita la prórroga del plazo de vencimiento dispuesto en el artículo 4º de la Ordenanza Nº 519-2017-MDR que establece beneficios para el pago de deudas tributarias en el distrito del Rímac; así como la prórroga del vencimiento de los Arbitrios Municipales del mes de enero del presente ejercicio fiscal.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Nº 519-2017-MDR, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 30 de noviembre de 2017, se aprueban beneficios para el pago de deudas tributarias en el distrito del Rímac; asimismo, la cuarta disposición transitoria y final de la referida norma faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias para su adecuada aplicación, así como su prórroga o suspensión de ser el caso.

Que, mediante Ordenanza Nº 513-MDR, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 20 de diciembre de 2017, se aprobaron los montos de los Arbitrios Municipales para el período 2018; asimismo, la primera disposición final y complementaria de la referida norma faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias para su debida aplicación, así como para la prórroga de los plazos establecidos.

Que, de acuerdo a lo señalado en el Memorando del visto, se considera necesario prorrogar el beneficio aprobado en la Ordenanza Nº 519-2017-MDR, a fin de promocionar el pago voluntario de las obligaciones tributarias y de los Arbitrios Municipales del mes de enero del presente ejercicio fiscal.

Estando las atribuciones conferidas por el artículo 42º y el numeral 6º del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

SE DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2018, el plazo de vencimiento dispuesto en el artículo 4º de la Ordenanza Nº 519-2017-MDR.

Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 28 de febrero de 2018, el plazo de vencimiento dispuesto para el pago de los Arbitrios Municipales del mes de enero del ejercicio 2018.

Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Rentas y sus unidades orgánicas que la componen el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial El Peruano, a la Subgerencia de Informática el cumplimiento y publicación en la página web de la Municipalidad: www.munirimac.gob.pe y a la Gerencia de Imagen y Comunicación Social su difusión.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ

Alcalde

1608781-1