Autorizan a AFP Integra el cambio de dirección de agencia ubicada en el departamento de Piura

Resolución SBS Nº 4955 -2017

Lima, 21 de diciembre de 2017

La Intendente del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

VISTA:

La comunicación de AFP Integra LEG-066/2017 ingresada el 15 de diciembre de 2017 con registro Nº 2017-67171 y el Informe Nº 155 -2017-DSIP del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales.

CONSIDERANDO:

Que, mediante comunicación de vistos, AFP Integra solicita a esta Superintendencia se autorice el cambio de dirección de su agencia ubicada en la Calle Tacna 316, Distrito de Piura, Provincia de Piura y Departamento de Piura; hacia la nueva dirección ubicada en la Av. Ramón Mujica Nº 108-B Urbanización El Chipe, Distrito de Piura, Provincia de Piura y Departamento de Piura.

Que, mediante Resolución Nº 011-1994-EF/SAFP y Certificado Nº IN017 del 14 de enero de 1994 se autorizó a AFP Integra el funcionamiento de la agencia ubicada en la Calle Tacna 316, Distrito de Piura, Provincia de Piura y Departamento de Piura.

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales, mediante Informe Nº155-2017-DSIP de fecha 19 de diciembre de 2017.

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, y sus modificatorias, la Resolución Nº 053-98-EF/SAFP y sus modificatorias, y la Resolución SBS Nº 6752-2015;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar a AFP Integra el cambio de dirección de su agencia ubicada en la Calle Tacna 316, Distrito de Piura, Provincia de Piura y Departamento de Piura; a la nueva dirección situada en la Av. Ramón Mujica Nº 108-B Urbanización El Chipe, Distrito de Piura, Provincia de Piura y Departamento de Piura.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certificado Nº IN017, que fuera emitido al amparo de lo dispuesto en la Resolución Nº011-1994-EF/SAFP.

Artículo Tercero.- Expedir y otorgar el Certificado Definitivo Nº IN044, con la nueva dirección referida en el Artículo Primero de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- AFP Integra, a efecto del cambio de dirección que se autoriza por la presente Resolución, deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15º del Título III del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondo de Pensiones, referido a Gestión Empresarial, aprobado por Resolución Nº 053-98-EF/SAFP.

Artículo Quinto.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MILAGROS RIVADENEYRA BACA

Intendente del Departamento de Supervisión

de Instituciones Previsionales (e)

1603026-1