LEY Nº 30761
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA LA CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO CULTURAL EN LA ZONA MONUMENTAL DE LA CIUDAD DE IQUITOS
Artículo único. Objeto de la ley
Declárase de interés nacional y necesidad pública la construcción del centro cultural en la zona monumental de la ciudad de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA. Encárgase al Poder Ejecutivo, al Gobierno Regional de Loreto y a las autoridades locales, de acuerdo a sus competencias y funciones, la gestión y priorización de lo dispuesto en la presente ley.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
LUIS GALARRETA VELARDE
Presidente del Congreso de la República
MARIO MANTILLA MEDINA
Primer Vicepresidente del
Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
POR TANTO:
No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla.
En Lima, a los tres días del mes de mayo de dos mil dieciocho.
LUIS GALARRETA VELARDE
Presidente del Congreso de la República
MARIO MANTILLA MEDINA
Primer Vicepresidente del
Congreso de la República
1644080-1