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Fecha de publicación: 28/07/2023
Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Transformación Digital al 2030

Autorizan viaje de la Ministra de Relaciones Exteriores a Chile y encargan su Despacho al Ministro de Desarrollo e Inclusión Social

resolución suprema

nº 107-2023-pcm

Lima, 27 de julio de 2023

VISTOS:

La Hoja de Trámite (GAB) N° 1200 del Despacho Ministerial, de 24 de julio de 2023; el Memorándum (OPP) N° OPP01642/2023 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 24 de julio de 2023, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje, el Memorándum (LEG) N° LEG01503/2023 de la Oficina General de Asuntos Legales, de 25 de julio de 2023; y, el Memorándum (OAP) N° OAP02141/2023 de la Oficina de Administración de Personal, de 25 de julio de 2023;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, suscrito el 6 de junio de 2012, en Paranal, Antofagasta, República de Chile; la Alianza del Pacífico es un mecanismo regional constituido por la República de Chile, la República de Colombia, los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú, que tiene como parte de sus objetivos construir, de manera participativa y consensuada, un área de integración profunda para avanzar progresivamente hacia la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas; y, convertirse en una plataforma de articulación política, de integración económica y comercial y, de proyección al mundo, con especial énfasis al Asia – Pacífico;

Que, la República de Chile, en su calidad de Presidencia Pro Tempore de la Alianza del Pacífico, ha invitado a la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Ana Cecilia Gervasi Díaz, Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la ceremonia de traspaso de la Presidencia Pro Tempore al Perú, que se llevará a cabo el 1 de agosto de 2023, y que constituirá una oportunidad para renovar el compromiso político de nuestros países por el fortalecimiento del proceso de integración de la Alianza e identificar espacios concretos de cooperación entre sus países miembros;

Que, el ejercicio de la Presidencia Pro Tempore de la Alianza del Pacífico a partir del 1 de agosto de 2023, permitirá a nuestro asumir el liderazgo de dicho mecanismo de integración, impulsando la nutrida agenda de trabajo, organizando importantes eventos en el territorio nacional, representando a la Alianza del Pacífico frente a otros países, bloques regionales y organismos internacionales, con la finalidad de contribuir a sus objetivos, el desarrollo económico y social sostenible de los países miembros, y con ello, a una mejor calidad de vida de su población, a la superación de la desigualdad y la pobreza y, a la generación de nuevas y mayores oportunidades para el ciudadano;

Que, por lo expuesto, resulta de interés nacional la participación de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Ana Cecilia Gervasi Díaz, Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, en la ceremonia de traspaso de la Presidencia Pro Tempore de la Alianza del Pacífico al Perú,

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas;

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

Que, en tanto dure la ausencia de la Titular, resulta necesario encargar el Despacho de Relaciones Exteriores; y,

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República ANA CECILIA GERVASI DIAZ, Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Santiago, República de Chile, los días 1 y 2 de agosto de 2023, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 (259) Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional; y, Código POI AOI00004500085, Garantizar Permanentemente la Gestión del Despacho Ministerial, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Pasajes Aéreos

USD

Viáticos por día USD

Número de días

Total viáticos

USD

ANA CECILIA GERVASI DIAZ

589.59

370.00

1

370.00

Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social, a partir del 1 de agosto de 2023 y en tanto dure la ausencia de la Titular.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

ANA CECILIA GERVASI DÍAZ

Ministra de Relaciones Exteriores

2200453-4