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Fecha de publicación: 25/04/2015
RESOLUCION MINISTERIAL N� 255-2015/MINSA - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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El Peruano
S�bado 25 de abril de 2015
551375
Aprueban la Directiva Sanitaria N� 064
-MINSA/DGSP.V.01, "Directiva Sanitaria
para la Administraci�n de la Vacuna
Contra el Virus del Papiloma Humano
(VPH)"
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 255-2015/MINSA
Lima, 22 de abril del 2015
Visto, el Expediente N� 15-019222-001 que contiene
el Informe N� 014-2015-ESNI-DAIS-DGSP/MINSA, de la
Direcci�n General de Salud de las Personas del Ministerio
de Salud;
CONSIDERANDO:
Que, los numerales I y II del T�tulo Preliminar de la
Ley N� 26842, Ley General de Salud disponen que la
salud es condici�n indispensable del desarrollo humano
y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual
y colectivo, y que la protecci�n de la salud es de inter�s
p�blico. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla,
vigilarla y promoverla;
Que, el art�culo 123� de la Ley N� 26842, Ley
General de Salud, modificado por la �nica Disposici�n
Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N�
1161, que aprueba la Ley de Organizaci�n y Funciones
del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de
Salud es la Autoridad de Salud de nivel nacional. Como
organismo del Poder Ejecutivo, tiene a su cargo la
formulaci�n, direcci�n y gesti�n de la pol�tica de salud y
act�a como la m�xima autoridad normativa en materia de
salud;
Que, con Resoluci�n Ministerial N� 579-2008/MINSA,
se establece a las Inmunizaciones como servicios y
actividades p�blicas esenciales en los establecimientos
de salud en el �mbito nacional, para lo cual se deben
priorizar y garantizar los recursos y los procedimientos
que permitan desarrollar las diferentes estrategias de
vacunaci�n en todos los establecimientos de salud, tanto
p�blicos como privados;
Que, mediante Resoluci�n Ministerial N� 510-2013/
MINSA, se aprob� la NTS N� 080-MINSA/DGSP-V.03,
"Norma T�cnica de Salud que establece el Esquema
Nacional de Vacunaci�n", en cuyo subnumeral 6.2.15,
se establece que la Vacuna contra el Virus del Papiloma
Humano (VPH), est� comprendida dentro de la actividad
regular de inmunizaciones;
Que, el literal a) el art�culo 41� del Reglamento
de Organizaci�n y Funciones del Ministerio de Salud,
aprobado por Decreto Supremo N� 023-2005-SA y sus
modificatorias, dispone que la Direcci�n General de Salud
de las Personas, es el �rgano t�cnico del Ministerio de
Salud, estando a cargo de proponer las pol�ticas de salud,
prioridades sanitarias y estrategias de atenci�n de salud
de las personas y el modelo de atenci�n integral de salud,
con alcance sectorial e institucional;
Que, en virtud de ello, la Direcci�n General de Salud
de las Personas ha propuesto para su aprobaci�n la
"Directiva Sanitaria para la Administraci�n de la Vacuna
Contra el Virus del Papiloma Humano (VPH), con la
finalidad de contribuir a disminuir en la poblaci�n femenina
de ni�as (a partir de 10 a�os) y adolescentes el riesgo de
desarrollar en el futuro c�ncer de cuello uterino;
Estando a lo propuesto por la Direcci�n General de
Salud de las Personas;
Con el visado de la Directora General de la Direcci�n
General de Salud de las Personas, de la Directora
General de la Oficina General de Asesor�a Jur�dica,
del Viceministro de Salud P�blica y del Viceministro de
Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo N� 1161, Ley de Organizaci�n y Funciones del
Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Art�culo 1�.- Aprobar la Directiva Sanitaria N� 064
-MINSA/DGSP.V.01, "Directiva Sanitaria para la
Administraci�n de la Vacuna Contra el Virus del Papiloma
Humano (VPH)", que como Anexo forma parte integrante
de la presente Resoluci�n Ministerial.
Art�culo 2�.- Establecer el cierre de brechas en
inmunizaciones completando esquemas de vacunaci�n,
de las ni�as que no han concluido con las tres dosis
de vacunas, durante los a�os 2011, 2012, 2013 y 2014,
considerando el Esquema Nacional de Vacunaci�n,
establecido en la NTS N� 080-MINSA/DGSP-V.03, "Norma
T�cnica de Salud que establece el Esquema Nacional de
Vacunaci�n", aprobado con Resoluci�n Ministerial N� 510-
2013/MINSA.
Art�culo 3�.- Disponer el inicio del esquema nacional
de vacunaci�n a las ni�as que se encuentren cursando el
5to grado de primaria, durante el presente a�o.
Art�culo 4�.- Establecer, por �nica vez en el presente
a�o 2015, la vacunaci�n a las ni�as del 6to grado de
primaria que no fueron vacunadas en las instituciones
educativas el a�o anterior (5to grado de primaria), para
lo cual deber� cumplirse con los requisitos previamente
establecidos en la presente Directiva Sanitaria.
Art�culo 5�.- Encargar a la Direcci�n General de
Salud de las Personas, a trav�s de la Estrategia Sanitaria
Nacional de Inmunizaciones, la difusi�n, monitoreo y
supervisi�n del cumplimiento de la Directiva Sanitaria
aprobada por la presente Resoluci�n Ministerial.
Art�culo 6�.- Disponer que la Oficina General de
Comunicaciones, publique la presente Resoluci�n
Ministerial y su correspondiente Anexo, en la direcci�n
electr�nica:
http://www.minsa.qob.pe/transparencia/
normas.asp del portal institucional del Ministerio de
Salud.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
AN�BAL VEL�SQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1229072-1
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Otorgan a personas jur�dicas concesiones
�nicas para la prestaci�n de servicios
p�blicos de telecomunicaciones en
todo el territorio de la Rep�blica del
Per�
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 179-2015 MTC/01.03
Lima, 22 de abril de 2015
VISTA, la solicitud presentada con Expediente N�
2014-091931 por la empresa CABLE STAR S.A.C. sobre
otorgamiento de concesi�n �nica para la prestaci�n de
los servicios p�blicos de telecomunicaciones, en todo
el territorio de la Rep�blica del Per�; precisando que el
Servicio P�blico de Distribuci�n de Radiodifusi�n por
Cable, en la modalidad de cable al�mbrico u �ptico, ser�
el servicio a prestar inicialmente; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 3 del art�culo 75� del Texto �nico
Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado
por Decreto Supremo N� 013-93-TCC (en adelante
TUO de la Ley), establece que corresponde al Ministerio
de Transportes y Comunicaciones "Otorgar y revocar
concesiones, autorizaciones, permisos y licencias y
controlar su correcta utilizaci�n";
Que, el primer p�rrafo del art�culo 47� del TUO de la
Ley, modificado por Ley N� 28737, establece que "Ll�mase
concesi�n el acto jur�dico mediante el cual el Estado
concede a una persona natural o jur�dica la facultad de
prestar servicios p�blicos de telecomunicaciones. El