ORDENANZA N� 024-MDMP - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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NORMAS LEGALES
Mi�rcoles 13 de julio de 2016
El Peruano
/
Control Municipal la difusi�n y el cumplimiento, seg�n
corresponda, de lo establecido en el presente Decreto.
Reg�strese, comun�quese, publ�quese y c�mplase.
CARLOS A. PALOMINO ARIAS
Alcalde
1403578-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Ratifican el Plan Local de Seguridad
Ciudadana 2016
ORDENANZA N�007-2016-MDLP
La Perla, 20 de Junio de 2016
LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE LA PERLA
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE LA PERLA.
VISTO:
En Sesi�n Ordinaria de Concejo de fecha 20 de Junio
de 2016, el Dictamen N� 003-2016 presentado por la
Comisi�n Ordinaria de Protecci�n y Seguridad Ciudadana,
para ratificar el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2016
del Distrito de La Perla, modificado y aprobado mediante
Acta de fecha 29 de Marzo de 2016 por el CODISEC, y;
CONSIDERANDO:
Que, el art�culo 194� de la Constituci�n Pol�tica
del Per�, en concordancia con el art�culo II del T�tulo
Preliminar de la Ley N� 27972 - Ley Org�nica de
Municipalidades, se�alan que las municipalidades
provinciales son �rganos de Gobierno Local que gozan
de autonom�a pol�tica, econ�mica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, el numeral 1.1., del inciso 1�, del Art�culo 85�
de la Ley N� 27972 - Ley Org�nica de Municipalidades,
refiere que las municipalidades en materia de seguridad
ciudadana establecen un sistema de seguridad con
participaci�n de la sociedad civil y de la Polic�a Nacional,
norman los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana,
rondas urbanas, campesinas o similares, de nivel distrital
o de centros poblados en la jurisdicci�n provincial, de
acuerdo a ley;
Que, el Art�culo 3� de la Ley N� 27933 - Ley del Sistema
Nacional de Seguridad Ciudadana, indica que el Sistema
Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), tiene
por objeto coordinar eficazmente la acci�n del Estado y
promover la participaci�n ciudadana para garantizar una
situaci�n de paz social;
Que, el Art�culo 13� y Art�culo 17� del citado dispositivo
legal, se�alan que los Comit�s Regionales, Provinciales
y Distritales son los encargados de formular los planes,
programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana
y ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco
de la pol�tica nacional dise�ado por el CONASEC;
Que, seg�n el Art�culo 8� y Art�culo 30�, inciso e)
del Decreto Supremo N� 011-2014-IN, que aprueba el
Reglamento de la Ley N� 27933, los Comit�s de Seguridad
Ciudadana - CODISEC, es uno de los componentes
del mencionado sistema, que constituye una instancia
de dialogo, coordinaci�n y elaboraci�n de pol�ticas,
planes, programas, directivas y actividades vinculadas
a la seguridad ciudadana en el �mbito distrital, los
cuales son presididas por el Alcalde Distrital respectivo;
as� como, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de las
Municipalidades con competencia distrital asume las
funciones de Secretar�a T�cnica, siendo una de sus
funciones presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan
de Seguridad Ciudadana, aprobado por el CODISEC,
para su ratificaci�n mediante Ordenanza Municipal;
Que, con la Ordenanza N�001-2016-MDLP de fecha
22 de Febrero de 2016, se ratific� el Plan Local de
Seguridad Ciudadana 2016 del Distrito de La Perla; en tal
sentido, la presente ordenanza sustituye a la mencionada
subsanando las observaciones efectuadas en el plan por
el Ministerio del Interior - MININTER;
Que, con el Informe N� 047-2016-GS-MDLP de fecha
03 de Junio de 2016, la Gerencia de Seguridad, realiza el
informe t�cnico sustentatorio para ratificar el "Plan Local
de Seguridad Ciudadana 2016 del Distrito de La Perla"
Modificado, aprobado el 29 de marzo de 2016 de acuerdo
al Acta del Comit� Distrital de Seguridad Ciudadana
- CODISEC, se�alando que con fecha 30 de marzo de
2016, el MININTER luego de evaluar y revisar que las diez
(10) observaciones fueron subsanadas, ha otorgado su
conformidad, por lo que solicita su ratificaci�n;
Que, el Informe N�342-2016-GAJ-MDLP de fecha 27
de Mayo de 2016, de la Gerencia de Asesor�a Jur�dica,
opina y concluye que se ratifique el "Plan Local de
Seguridad Ciudadana 2016 del Distrito de La Perla"
Modificado, aprobado por el Comit� Distrital de Seguridad
Ciudadana - CODISEC;
Que, el Dictamen N�003-2016 de la Comisi�n Ordinaria
de Protecci�n y Seguridad Ciudadana,se pronuncia por la
ratificaci�n del "Plan Local de Seguridad Ciudadana 2016
del Distrito de La Perla", Modificado y aprobado mediante
Acta de fecha 29 de Marzo de 2016 por el CODISEC, de
acuerdo a las observaciones y subsanaciones realizadas;
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las
facultades conferidas por el numeral 8� del art�culo 9� de
la Ley N� 27972, Ley Org�nica de Municipalidades, con el
VOTO UN�NIME de los se�ores Regidores, con dispensa
de lectura y aprobaci�n del acta, se aprob� lo siguiente:
ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL
DE SEGURIDAD CIUDADANA 2016 DEL
DISTRITO DE LA PERLA
Art�culo Primero.- RATIFICAR el PLAN LOCAL DE
SEGURIDAD CIUDADANA 2016 DEL DISTRITO DE LA
PERLA - MODIFICADO, aprobado por el Comit� Distrital
de Seguridad Ciudadana - CODISEC, en cumplimiento de
lo establecido en la Ley N� 27933 - Ley del Sistema de
Seguridad Ciudadana; precisando que el plan ratificado
forma parte integrante de la presente ordenanza.
Art�culo Segundo.- DEROGAR cualquier disposici�n
que se oponga a la presente Ordenanza.
Art�culo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal y a la Gerencia de Seguridad, el cumplimiento
de la presente Ordenanza, que entrar� en vigencia
al d�a siguiente de su publicaci�n en el diario oficial El
Peruano; deriv�ndose a la Sub Gerencia de Inform�tica y
Estad�stica, para su publicaci�n en el Portal Institucional
(www.munilaperla.gob.pe) y en el Portal del Estado
Peruano.
Reg�strese, comun�quese, publ�quese y c�mplase.
PATRICIA ROSA CHIRINOS VENEGAS
Alcaldesa
1402789-1
MUNICIPALIDAD DE
MI PERU
Aprueban el Reglamento del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados 2017
ORDENANZA N� 024-MDMP
Mi Per�, 13 de junio de 2016.
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NORMAS LEGALES
Mi�rcoles 13 de julio de 2016 /
El Peruano
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
MI PER�
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE MI PER�
VISTO:
En sesi�n Ordinaria de Concejo de la fecha, Informe
N� 013-2016-GPP/MDMP de la Gerencia de Planeamiento
y Presupuesto mediante el cual presenta el Reglamento
del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2017
de la Municipalidad Distrital de Mi Per�, el Informe N� 130-
2016-MDMP/GPV, emitido por el Gerente de Participaci�n
Vecinal, el Informe N� 083-2016/MDMP/GAJ, presentado
por la Gerencia de Asesor�a Jur�dica y el Dictamen
N� 06-2016-CPV-MDMP, emitido por la Comisi�n de
Participaci�n Vecinal.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe N� 013-2016-GPP/MDMP de
la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, expone:
- Que, el Presupuesto Participativo es un proceso
donde se determina el mecanismo de asignaci�n
equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los
recursos p�blicos para la ejecuci�n de los proyectos de
inversi�n p�blica y fortalece las relaciones del Estado y
Sociedad Civil e Instituciones del estado.
- Asimismo, presenta el Reglamento de Presupuesto
Participativo 2017, el cual ha sido elaborado en el
marco de la Resoluci�n Directoral N� 007-2010-
EF/76.01 que aprob� el Instructivo N� 001-2010-
EF/76.01 � Instructivo para el Proceso del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados, a trav�s del
cual se establecen los mecanismos y pautas para el
desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en
los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en
el marco de la Ley del Presupuesto Participativo, Ley
N� 28056, su modificatoria Ley N� 29298, el Decreto
Supremo N� 097-2009-EF que precisa los criterios para
delimitar proyectos de impacto regional, provincial y
distrital, su reglamento aprobado por Decreto Supremo
N� 142-2009-EF y el TUO de la Ley N� 28411 � Ley del
Sistema Nacional de Presupuesto;
Que, el Informe N� 083-2016/MDMP/GAJ, presentado
por la Gerencia de Asesor�a Jur�dica, se indica:
- Que, la Municipalidad de Mi Per�, es un �rgano de
Gobierno Local, que tiene autonom�a pol�tica, econ�mica
y administrativa en los asuntos que le confiere el art�culo
194� de la Constituci�n Pol�tica del Per�.
- Que, la Ley N� 27972 � Ley Org�nica de
Municipalidades, en su art�culo 53� establece que "Las
municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos,
los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme con
los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdicci�n
y la D�cima Sexta Disposici�n Complementaria de la
misma Ley dispone que la municipalidades regularan
mediante ordenanza los mecanismos de aprobaci�n de
sus Presupuestos Participativos.
- La Ley N� 28056 - Ley Marco del Presupuesto
Participativo y su modificatoria Ley N� 29298, el Decreto
Supremo N� 097-2009-EF precisa los criterios para
delimitar los proyectos de impacto regional, provincial
y distrital, establecen disposiciones que aseguran la
efectiva participaci�n de la Sociedad Civil en el Proceso
de Programaci�n Participativa del Presupuesto de los
Gobiernos Locales; constituyendo como un aspecto
fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo
Concertado.
- Que, a trav�s del Decreto Supremo N� 142-2009-
EF, fue aprobado el Reglamento de la Ley N� 28056 �
Ley Marco del Presupuesto Participativo, en cuyo literal
a) del art�culo 2� se�ala que el Presupuesto Participativo
es un proceso que fortalece las relaciones ESTADO �
SOCIEDAD.
- Que, por Resoluci�n Directoral N� 007-2010-
EF/76.01, se aprueba el Instructivo N� 001-2010-EF/76.01,
Instructivo para el Proceso de Presupuesto Basado por
Resultados.
- El Presupuesto Participativo es un proceso regulado
por el Ministerio de Econom�a y Finanzas, con la finalidad
de permitir la participaci�n de la Sociedad Civil organizada
en la determinaci�n de proyectos que permitan el
desarrollo del distrito.
- Es necesario establecer las normas que reglamentan
el proceso dentro del cual los representes de la Sociedad
Civil del distrito de Mi Per�, van a participar en la
elaboraci�n y formulaci�n del Presupuesto Participativo
Basado en Resultados para el a�o fiscal 2017.
- Que, seg�n el art�culo I del T�tulo Preliminar de
la Ley Org�nica de Municipalidades "Los Gobiernos
Locales son entidades b�sicas de organizaci�n territorial
del estado y canales inmediatos de Participaci�n Vecinal
(...)", del mismo modo el art�culo 53� expresa que las "Las
municipalidades se rigen por presupuestos participativos
anuales como instrumentos de administraci�n y gesti�n,
los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme
a la ley de la materia, y en concordancia con los
planes de desarrollo concertados de su jurisdicci�n";
de conformidad con el art�culo 97� de la LOM, el que
establece que "(...)Los planes de desarrollo municipal
concertados y sus presupuestos participativos tienen
un car�cter orientador de la inversi�n, asignaci�n y
ejecuci�n de los recursos municipales"
- Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo
- Ley y su modificatoria Ley N� 29298, establecen
disposiciones y lineamientos que permiten aseguran la
efectiva participaci�n de la Sociedad Civil en el Proceso
de Programaci�n Participativa del Presupuesto, el cual
se desarrolla en armon�a con los Planes de Desarrollo
Concertados de los Gobiernos Regionales y Locales;
as� como, la fiscalizaci�n de la gesti�n, en concordancia
con el D.S. N� 142-2009-EF, que regula el Presupuesto
Participativo y la Resoluci�n Directoral N� 007-2010-
EF/76.01 que aprueba el Instructivo N� 01-2010-EF/76.01
_ Instructivo para el Proceso de Presupuesto basado en
resultados.
- En tal sentido, y seg�n las consideraciones legales
es preciso que se apruebe el Reglamento del Presupuesto
Participativo basado en resultados 2017, por lo que la
Gerencia de Asesor�a jur�dica opina declarar viable lo
solicitado, a trav�s del presente informe.
Que, habiendo sido revisado y evaluado la
propuesta de Ordenanza que aprueba el Reglamento
del Presupuesto Participativo Basado en Resultados
2017 de la Municipalidad Distrital de Mi Per�, por la
Comisi�n de Participaci�n Vecinal, mediante Dictamen
N� 06-2016-CPV-MDMP, por los argumentos all�
se�alados, dictaminaron por aprobar el se�alado
proyecto.
Que el art�culo 194� de la Constituci�n Pol�tica del Per�,
concordante con el art�culo II del t�tulo preliminar de la Ley
org�nica, establece que las municipalidades son �rganos
de gobierno local, con autonom�a pol�tica, econ�mica y
administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, asimismo, los art�culos 197 y 199 de nuestra
Carta Magna, modificada mediante Ley N� 27680, que
aprueba la reforma constitucional del Cap�tulo XIV del
T�tulo IV; sobre descentralizaci�n, establece que las
Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la
participaci�n vecinal en el desarrollo local, formulan
sus presupuestos con la participaci�n de la poblaci�n
y rinden cuentas anual bajo responsabilidad conforme
a ley;
Que, la Ley N� 27783 Ley de Bases de la
Descentralizaci�n en su T�tulo III Cap�tulo IV Art�culo
17� establece que los gobiernos regionales y
locales est�n obligadas a promover la participaci�n
ciudadana en la formulaci�n, debate y concertaci�n
de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la
gesti�n p�blica;
Que, la Ley N� 27972, Ley Org�nica de Municipalidades
en su T�tulo Preliminar, Art�culo I establece que
los gobiernos locales son entidades b�sicas de la
organizaci�n territorial del estado y canales inmediatos
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Mi�rcoles 13 de julio de 2016
El Peruano
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de participaci�n vecinal en los asuntos p�blicos que
institucionalizan y gestionan con autonom�a los intereses
propios de las correspondientes colectividades, siendo
elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la
poblaci�n y la organizaci�n;
Que, el art�culo 53� de la misma ley manifiesta que las
Municipalidades se rigen por presupuestos participativos
anuales como instrumentos de administraci�n y gesti�n,
los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a
la ley de la materia, y en coordinaci�n con los planes de
desarrollo concertado de la jurisdicci�n;
Que, mediante Resoluci�n Directoral N� 007-2010-
EF/76.01 se aprob� el Instructivo N� 001-2010-EF/76.01 �
Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo
Basado en Resultados, a trav�s del cual se establecen los
mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del
Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales
y los Gobiernos Locales en el marco de la Ley del
Presupuesto Participativo, Ley N� 28056, su modificatoria
Ley N� 29298, el Decreto Supremo N� 097-2009-EF que
precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto
regional, provincial y distrital, su reglamento aprobado por
Decreto Supremo N� 142-2009-EF y el TUO de la Ley N�
28411 � Ley del Sistema Nacional de Presupuesto;
Que, conforme a lo dispuesto en el Art�culo 40� del
Texto Legal antes anotado establece que mediante
Ordenanza, norma de car�cter general de mayor jerarqu�a
en la estructura normativa municipal.
En uso de las atribuciones conferidas por el art�culo
20� incisos 4) y 5) de la Ley Org�nica de Municipalidades
N� 27972, y con el voto UNANIME, el Concejo Municipal y,
con dispensa del tr�mite de lectura y aprobaci�n del acta,
se aprob� la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO
EN RESULTADOS 2017
Art�culo Primero.- APROBAR la ORDENANZA
que APRUEBA el REGLAMENTO del PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO BASADO en RESULTADOS 2017,
la misma que como anexo forma parte integrante de la
presente ordenanza municipal.
Art�culo Segundo.- FACULTAR al Alcalde para
que mediante Decreto de Alcald�a dicte las normas
complementarias a la presente ordenanza.
Art�culo Tercero.- ENC�RGAR, el cumplimiento
del presente dispositivo, a la Gerencia Municipal, a la
Gerencia de Planificaci�n y Presupuesto, a la Gerencia
de Administraci�n y Finanzas, Gerencia de Seguridad
Ciudadana, a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a
la Gerencia de Desarrollo Humano, a la Gerencia de
Participaci�n Vecinal, a la Gerencia de Servicios a la
Ciudad y a la Gerencia de Educaci�n, Cultura y Deporte.
Art�culo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretar�a
General las acciones para la difusi�n y publicaci�n de la
presente Ordenanza.
Art�culo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaria
General la notificaci�n de la presente Ordenanza a las
unidades org�nicas de la municipalidad.
Reg�strese, comun�quese y c�mplase.
REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR
Alcalde
1403261-1
Aprueban Cronograma de Actividades del
Proceso Participativo del A�o 2017
DECRETO DE ALCALD�A
N� 002-2016-MDMP
Mi Per�, 14 de junio de 2016
VISTO:
La Ordenanza N� 024-MDMP , que aprueba la
ORDENANZA que APRUEBA el REGLAMENTO
del PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO en
RESULTADOS 2017, el Prove�do N� 0758-2016/GM y
el Informe N� 021-2016-GPP/MDMP de la Gerencia de
Planificaci�n y Presupuesto.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al Art�culo 197� de la
Constituci�n Pol�tica del Per�, es competencia y funci�n
de las Municipalidades promover, apoyar y reglamentar
la participaci�n vecinal en el Desarrollo Local. Que, los
gobiernos locales gozan de autonom�a pol�tica, econ�mica
y administrativa en los asuntos de su competencia, de
conformidad con lo dispuesto en el Art�culo II del T�tulo
Preliminar de la Ley Org�nica de Municipalidades, Ley
27972, concordante con el Art�culo 194� de la Constituci�n
Pol�tica del Per�, modificado por la Ley N� 27680, Ley de
Reforma Constitucional.
Que, uno de los principios rectores de la Ley Marco del
Presupuesto Participativo, Ley N' 28056, es el principio
de la participaci�n, el que establece que los Gobiernos
Locales promueven el desarrollo de mecanismos y
estrategias de participaci�n de la Sociedad Civil, en la
programaci�n de su presupuesto en concordancia con
sus Planes de Desarrollo Concertado.
Que, mediante Ordenanza Municipal N� 024-MDMP
de fecha 13.06.2016, se aprueba la Ordenanza que
aprueba el Reglamento del Presupuesto Participativo
Basado en Resultados 2017 del Distrito de Mi Per�,
proceso mediante el cual se definen las prioridades sobre
las acciones a implementar en el gobierno local, con la
participaci�n de la Sociedad Civil organizada generando
compromisos de todos los Agentes Participantes para
la consecuci�n de los objetivos estrat�gicos del Plan de
Desarrollo Concertado del Distrito de Mi Per�, el mismo
que en su art�culo segundo faculta al Titular del Pliego
dictar las normas complementarias a la Ordenanza antes
mencionada.
Que, mediante Informe N� 021-2016-GPP/MDMP
de la Gerencia de Planificaci�n y Presupuesto, solicita
la aprobaci�n del Cronograma de Actividades del
Presupuesto Participativo 2017.
En uso de las atribuciones conferidas al Alcalde por
los art�culos 194� de la Constituci�n Pol�tica, modificada
por la Ley de Reforma Constitucional N� 27680 y, 20�
inciso 6) de la Ley Org�nica de Municipalidades N� 27972.
DECRETA:
Art�culo Primero.- APROBAR el Cronograma de
Actividades del Proceso Participativo del A�o 2017, seg�n
anexo que se adjunta.
Art�culo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, a la Gerencia de Planificaci�n y Presupuesto
y a la Gerencia de Administraci�n y Finanzas, y a la
Gerencia de Participaci�n Vecinal el cumplimiento del
presente Decreto.
Art�culo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia
de Participaci�n Vecinal y a la Gerencia de Imagen
Institucional Secretar�a General, efectuar la convocatoria
y difusi�n a los ciudadanos en general, para, que
participen como agentes participantes, en el Proceso del
Presupuesto Participativo 2017.
Art�culo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia de
Secretar�a General, la publicaci�n del presente Decreto y
su notificaci�n a las personas interesadas, instituciones y
a las �reas competentes de esta Entidad.
Art�culo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia de
Imagen institucional la publicaci�n del presente Decreto
en el Portal Web de la Municipalidad.
Reg�strese, comun�quese y c�mplase.
REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR
Alcalde
1403262-1