Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de la Universidad Nacional del Santa
decreto supremo
nº 263-2025-ef
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 de la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32416, Ley que aprueba crédito suplementario para el financiamiento de mayores gastos asociados a la consolidación económica, a la seguridad ciudadana y al desarrollo social y dicta otras medidas, autoriza, de manera excepcional durante el Año Fiscal 2025, al Ministerio de Educación, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por el monto de S/ 6 980 142,00 (SEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL CIENTO CUARENTA Y DOS CON 00/100 SOLES), con cargo a su presupuesto institucional, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Universidad Nacional del Santa, para continuar implementando procesos que garanticen el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) definidas por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), esenciales para su licenciamiento institucional; asimismo, el numeral 2 de la citada Disposición Complementaria Final dispone que para dichos efectos, se autoriza a la Universidad Nacional del Santa a desarrollar acciones de personal como nombramiento, ascenso y/o promoción de personal docente para la prestación del servicio educativo de pregrado, durante el Año Fiscal 2025, quedando exceptuada de las restricciones establecidas en el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;
Que, el numeral 3 de la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32416, señala que las modificaciones presupuestarias referidas en el considerando precedente se aprueban mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a solicitud de este último. El decreto supremo que aprueba la transferencia de partidas sólo puede ser presentada al Ministerio de Economía y Finanzas hasta el 30 de setiembre de 2025;
Que, mediante el Oficio N° 02399-2025-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de la Universidad Nacional del Santa, para financiar la implementación de los procesos que garanticen el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad, definidas por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, esenciales para su licenciamiento institucional, vinculadas a las actividades académicas de la Facultad de Medicina Humana y la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, en el marco de la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32416, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional; adjuntando para dicho efecto, el Informe N° 01918-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del citado ministerio, con el respectivo sustento;
Que, mediante el Memorando N° 4160-2025-EF/53.04, que adjunta el Informe N° 3870-2025-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas determina el costo estimado a favor de la Universidad Nacional del Santa, para financiar la contratación de 70 plazas de Docentes Universitarios por el periodo de noviembre a diciembre de 2025, de 21 posiciones bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) por el periodo de noviembre a diciembre de 2025 y el pago de viáticos por viajes en comisión de servicios;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 2 918 698,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, a favor de la Universidad Nacional del Santa, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en los numerales 1, 2 y 3 de la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32416, Ley que aprueba crédito suplementario para el financiamiento de mayores gastos asociados a la consolidación económica, a la seguridad ciudadana y al desarrollo social y dicta otras medidas;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 2 918 698,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Universidad Nacional del Santa, para financiar la contratación de 70 plazas de docentes universitarios por el periodo de noviembre a diciembre de 2025, de 21 posiciones bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) por el periodo de noviembre a diciembre de 2025, el pago de viáticos por viajes en comisión de servicios, así como la adquisición de otros bienes y servicios, para la implementación de los procesos que garanticen el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad en la Facultad de Medicina Humana y en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la mencionada universidad, definidas por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, esenciales para su licenciamiento institucional, en el marco de lo dispuesto en los numerales 1, 2 y 3 de la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32416, Ley que aprueba crédito suplementario para el financiamiento de mayores gastos asociados a la consolidación económica, a la seguridad ciudadana y al desarrollo social y dicta otras medidas, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 010 : M. de Educación
UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales
ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y obligaciones sociales
2 918 698,00
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TOTAL EGRESOS 2 918 698,00
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A LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 536 : U.N. del Santa
UNIDAD EJECUTORA 001 : Universidad Nacional del Santa
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0066 : Formación universitaria de pregrado
PRODUCTO 3000784 : Docentes con adecuadas competencias
ACTIVIDAD 5005857 : Ejercicio de la docencia universitaria
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y obligaciones sociales 682 042,00
PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes
ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y obligaciones sociales 159 401,00
2.3 Bienes y servicios 318 048,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de activos no financieros 1 759 207,00
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TOTAL EGRESOS 2 918 698,00
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Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional
2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a la Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas, a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco.
JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ
Presidente de la República
DENISSE AZUCENA MIRALLES MIRALLES
Ministra de Economía y Finanzas
JORGE EDUARDO FIGUEROA GUZMÁN
Ministro de Educación
2461020-1