LEY Nº 32391
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CONSTRUCCIÓN DE UN MALECÓN TURÍSTICO PARA LAS PLAYAS DEL DISTRITO DE SAMUEL PASTOR, PROVINCIA DE CAMANÁ, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA
Artículo único. Declaración de interés nacional
Se declara de interés nacional la construcción de un malecón turístico para las playas del distrito de Samuel Pastor de la provincia de Camaná del departamento de Arequipa, convocando la participación articulada del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, del Gobierno Regional de Arequipa, de la Municipalidad Provincial de Camaná y de la Municipalidad Distrital de Samuel Pastor, a fin de impulsar dicha zona como destino del turismo y promover su crecimiento
económico.
POR TANTO:
Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día tres de abril de dos mil veinticinco, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.
En Lima, a los veintitrés días del mes de junio de dos mil veinticinco.
EDUARDO SALHUANA CAVIDES
Presidente del Congreso de la República
CARMEN PATRICIA JUÁREZ GALLEGOS
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
2412460-1