Modifican la Resolución SBS N° 004273-2023, que aprobó diversas medidas de austeridad, racionalidad, disciplina en el gasto y de ingresos de personal, aplicables en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en el ejercicio 2024, y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN SBS N° 03646-2024
Lima, 17 de octubre de 2024
El Superintendente de Banca, Seguros
y Administradoras Privadas de Fondos
de Pensiones
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 346 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, determina el marco de la autonomía funcional, económica y administrativa de la Superintendencia; establece su ubicación dentro de la estructura del Estado; define su ámbito de competencia, y señala sus funciones y atribuciones;
Que, adicionalmente, el artículo 373 dispone que el presupuesto de la Superintendencia será aprobado por el Superintendente, quien tendrá a su cargo la administración, la ejecución y el control;
Que, mediante Resolución N°004273-2023, del 22 de diciembre de 2023, se aprobaron las medidas de austeridad, racionalidad y disciplina en el gasto, aplicables a la Superintendencia; las cuales se complementan con las resoluciones que sobre este asunto publique la Institución;
Que, la Directiva SBS-DIR-SBS-085-26 “Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto” establece medidas de austeridad, racionalidad y disciplina en el gasto, aplicables a la Superintendencia;
Que, el literal b) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, estipula que en el caso de la Superintendencia, las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público, así como de ingresos de personal a aplicarse en el año 2024 debían ser aprobadas por resolución de su Titular;
Que, resulta necesario modificar las medidas de austeridad, racionalidad, disciplina en el gasto y de ingresos del personal, aplicables a la Superintendencia para el ejercicio 2024;
De conformidad con lo señalado en los considerandos precedentes y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar el literal c) del artículo primero de la Resolución N°004273-2023 de acuerdo con lo siguiente:
“c) Se restringen los viajes al exterior. Únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia. Dichos viajes deben realizarse con pasajes en categoría económica o similar, salvo las excepciones que deberán ser aprobadas por el Superintendente Adjunto de Administración General.”
Artículo Segundo.- Modificar el Artículo Tercero de la Resolución SBS N° 04273-2023, de acuerdo con lo siguiente:
“Artículo Tercero.- Cualquier excepción a las normas de la presente resolución será aprobada por el Titular, en concordancia con las necesidades reales de la Superintendencia, salvo las excepciones relacionadas a las medidas de austeridad establecidas en el literal c) del Artículo Primero de la presente Resolución, las cuales serán aprobadas por el Superintendente Adjunto de Administración General.”
Artículo Tercero.- Dispóngase la actualización de la Directiva SBS-DIR-SBS-085-26 de “Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto”, conforme a lo establecido en la presente Resolución se opongan a lo dispuesto en ella.
Artículo Cuarto.- La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y deja sin efecto las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en ella.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE
Superintendente de Banca, Seguros y Afp
2336058-1